artículos
quiero mi maleta o mochila!
2 enero 2011Normas, pérdidas y reclamaciones
Por ley, la compañía aérea es siempre responsable del daño o perjuicio que ocasione a los pasajeros y sus pertenencias durante el transporte. En el caso de que tu maleta se retrase o deteriore has de realizar inmediatamente una reclamación ante las oficinas de la compañía en la que has volado (la última si has utilizado varias). Hazlo en el mostrador de la línea aérea en el propio aeropuerto o el de su agente handling (la empresa de asistencia en tierra). En España, en los aeropuertos de AENA, tendrás que cumplimentar el impreso denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.). En los demás países encontrarás formularios similares.
QUÉJATE BIEN
Iberia, como otras compañías, te informará de que en los retrasos tienes derecho a que te faciliten un neceser o kit de aseo (o de pernocta) y objetos de primera necesidad o una cantidad en efectivo que depende del destino y de la distancia del vuelo. Según sus datos, el 94% de los casos de incidencias se resuelve, pero cuando el equipaje no aparece, se considerará irrecuperable, para Iberia, cuando han pasado 21 días. En los vuelos nacionales, la reclamación por deterioro o retraso del equipaje facturado debe formalizarse por escrito en los diez días siguientes al de la fecha de la entrega. La compañía tiene un plazo máximo de seis meses, desde la fecha en que se produjo la incidencia, para pagar las indemnizaciones que correspondan. En los vuelos internacionales, la denuncia ha de presentarse inmediatamente o dentro de siete días desde la fecha de la incidencia. Si el problema es el retraso en la entrega, la protesta debe hacerse dentro de los veintiún días desde el día del retraso. Si al final no estás de acuerdo con la indemnización que ofrece la compañía, la reclamación de responsabilidad ante los tribunales debe iniciarse dentro del plazo de dos años.
QUE ME INDEMNICEN
(te corresponde una indemnización diaria (55€ en el 2007 por persona/equipaje), a partir de las primeras 24 horas de extravío)
Para solicitar una indemnización, en primer lugar, hay que saber qué son los Derechos Especiales de Giro (DEG). Según el Fondo Monetario Internacional, es una unidad cuyo valor es la suma de los de varias monedas: dólar USA, euro, yen japonés y libra esterlina. Fluctúa diariamente, ya que cotiza en Bolsa, y se le aplica la equivalencia vigente en la fecha de la incidencia. Puedes consultar la web del Banco de España, www.bde.es. Como referencia, 1.000 DEG equivaldrían a unos 900 €. En el caso de que el equipaje se extravíe, las compañías aéreas indemnizan conforme a lo dispuesto en la Ley de Navegación Aérea y el Real Decreto 37/2001 si el viaje es nacional. En vuelos internacionales aplican también el llamado Convenio de Montréal, de 2004, que ha aumentado el límite de responsabilidad de las compañías en caso de pérdidas, retrasos o daños al equipaje. Se puede llegar hasta una indemnización máxima de 1.000 Derechos Especiales de Giro (DEG) por los tres conceptos: maleta extraviada, deteriorada o que llega con retraso. En caso de extravío, la indemnización se fijará tras la evaluación del contenido del equipaje, para lo que deberás realizar una lista lo más detallada posible, incluso aportando facturas. Si hay deterioro, la compañía intentará, por este orden, reparar la pieza dañada o sustituirla por otra similar.
Si viajas con objetos de valor, puedes formalizar una Declaración de Valor del Equipaje, tanto el facturado como el de mano, y abonar la cantidad que corresponda en función de dicho valor. Esta operación requiere que el pasajero, con su equipaje, se presente en los servicios de la compañía con bastante antelación a la salida de su vuelo para realizar los trámites.
Por último, si has perdido tu equipaje, en la mayoría de las compañías el rastreo y búsqueda se hace a través de dos superordenadores centrales situados en Atlanta (Estados Unidos), que trabajan en cada pérdida un mes como máximo. Tú puedes hacer el seguimiento a través del teléfono de atención de equipajes de la compañía, en sus webs e incluso hay algunas que envían mensajes al móvil.
CUESTIÓN DE PESO
Dentro del precio del billete, en los vuelos nacionales, generalmente el peso máximo del equipaje es de hasta 20 kilos en clase económica y 30 kilos en superior. En Swiss, además, para los bebés están permitidos 10 kilos más. En el tráfico internacional hay excepciones en rutas con destino a Estados Unidos, Canadá y otros países americanos donde se utiliza el procecimiento de piezas, de manera que se limita el número de bultos transportados y que éstos tengan un volumen determinado. Conviene consultar en cada compañía. En Iberia la franquicia para esos destinos se hace por bultos y se permiten dos maletas por pasajero. Y en otros destinos de América Latina, la franquicia de equipaje, aun siendo por kilos, es mayor que la estándar. Respecto al exceso de peso, se podrá facturar más peso y pagar por ello. En Air France, por ejemplo, en un Madrid-París, por kilo de exceso se cobra 6 €.
(de un artículo de la web Deviajes)
Precauciones a la hora de hacer las maletas
• Escoger un color llamativo para la maleta: en caso de tener que reclamarla será más fácil su descripción e identificación.
• Marcarla bien: poner los datos de contacto en lugar bien visible, tanto dentro como fuera de la maleta, con letra clara y grande.
• Gestionar el equipaje de mano: hoy en día es posible llevarse a la cabina un bulto como equipaje de mano de grandes dimensiones. Allí debemos asegurarnos de poner todo lo imprescindible para el viaje: documentación y dinero; medicamentos suficientes para todo el viaje, en caso de estar haciendo algún tratamiento; guías y teléfonos de contacto o útiles del sitio de destino; cámaras, móviles y ordenadores, con sus cargadores; así como cualquier otro enser totalmente imprescindible.
• Si se viaja en compañía repartir el equipaje entre varias maletas: esto es muy práctico, sobretodo si se viaja en pareja. Poner una parte completa del equipaje en cada maleta, de manera que si una se pierde se pueda disponer de todo lo previsto, aunque seguramente será necesario comprar más ropa y objetos de aseo personales en destino.
• Comprobar el seguro contratado con el billete: estar informados de cuáles son las coberturas y/o indemnizaciones previstas por la compañía con la cual vamos a viajar. Es muy importante hacer un seguro adicional para los objetos de valor facturados, para ello tendremos que declarar una relación de los objetos con su valor y, si es posible, factura. Su coste será proporcional al valor de los objetos.
Nuevo comentario